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3 de marzo de 2022

Convención aprobó la creación de dos Sistemas de Justicia: para los pueblos originarios y para personas no indígenas

La norma formará parte de la propuesta de la nueva Constitución

ArchivoCarmen Gloria Moraga

Con 113 votos a favor, 39 votos en contra y 2 abstenciones, los convencionales aprobaron la norma que consagra la existencia de los sistemas jurídicos. 

“El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, que coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia.

Estos deben respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los Tratados Internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte.

La Ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencias entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”, dice el documento.


La norma permite la creación de dos sistemas de justicia: uno para pueblos originarios y otro para personas no indígenas.

El pleno también sucedió el artículo que establece una “perspectiva intercultural” en los tribunales para personas indígenas.


En el sistema jurídico de los pueblos originarios, las personas serán juzgadas de acuerdo a sus propias costumbres, tradiciones, protocolos y los sistemas normativos de los pueblos indígenas.

Por ejemplo, podrán ser juzgados por el Consejo de Ancianos del Pueblo Rapa Nui o por los Lonkos en el caso del pueblo mapuche.

Y las personas no indígenas serán juzgadas por los tribunales ordinarios, tal como ocurre en la actualidad.


Pero todavía hay aspectos para resolver, por ejemplo, la Convención deberá definir si la Corte Suprema seguirá teniendo la última palabra en estos dos sistemas de justicia.


TEMAS
Sistema jurídico de los Pueblos IndígenasCreación de dos sistemas de justicia