Logo Portavoz Noticias

16 de agosto de 2022

Plebiscito: ¿Cuándo se publicarán los vocales de mesa reemplazantes?

Este martes partió el periodo de presentación de excusas para vocales de mesa designados. Los vocales que luego sean elegidos como reemplazantes no tendrán plazo para excusarse.

Archivo | GobiernoEquipo Digital

Luego que el sábado se diera a conocer la nómina de vocales de mesa, este martes 16 de agosto se inició el plazo de presentación de excusas para quienes no puedan cumplir dicha labor en el plebiscito nacional sobre la nueva Constitución, el próximo 4 de septiembre.

El periodo para la presentación de excusas se extiende hasta este jueves 18 y solo estarán permitidas las causales definidas por la ley 18.700. El trámite se puede realizar de manera presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral que corresponda al domicilio. 

Las causas para excusarse y no ser vocal de mesa:

  • Estar comprendidos en las causales de inhabilidad para cargos públicos y de elección popular.
  •  Estar ausente del país o en una localidad distante 300 km.
  • Tener que desempeñar el mismo día otras funciones encomendadas por ley.
  • Tener 60 o más años. En todo caso personas mayores de 60 años, siempre podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa.
  • Estar física o mentalmente inhabilitado, lo que deberá acreditarse con certificado médico.
  • Cumplir funciones en establecimientos hospitalarios.
  • Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
  • Padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022.
  • Estar al cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades.
  •  Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa reemplazantes?

El sábado 20 de agosto se publicarán las nóminas de vocales reemplazantes de Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores.

En esta instancia, la ley no contempla periodo de excusas.

En ese sentido, los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que se ausenten a sus funciones arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM. (de $117.544 a $470.176).

Si un vocal designado no concurrió a cumplir su función, puede ser citado por el Juzgado de Policía local. Es en esa instancia donde debe presentar la documentación necesaria para justificarse ante el juez.

TEMAS
Plebiscito Constitucional 2022Vocales de mesaNueva ConstituciónServelElecciones