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7 de junio de 2022

Caso Yordan Llempi: Juez dejó sin cautelares a marinos imputados

El Juzgado de Garantía de Cañete estimó que no hay antecedentes suficientes para dejar en prisión preventiva a los militares acusados de la muerte del joven mapuche.

Archivo | Jedena BiobíoEquipo Digital

El Juzgado de Garantía de Cañete desestimó ordenar la prisión preventiva para los dos efectivos de la Armada formalizados por el delito de homicidio del joven mapuche Yordan Llempi Machacán (23), quien murió producto de un disparo militar, en noviembre de 2021, durante el Estado de Excepción en la Provincia de Arauco.

Pese a que el tribunal no impuso medidas cautelares para los imputados, por considerar que no existen antecedentes suficientes, el teniente segundo Luis Videla Cid y el cabo segundo Ricardo Seguel San Martín quedaron detenidos en tránsito, a la espera del resultado de la apelación del Ministerio Público, que insiste en que los uniformados deben quedar en prisión.

Si bien el juez dio por acreditada la responsabilidad de los militares en la muerte de Llempi, por disparar sin cuidado en un sector poblado, y descartó que la víctima estuviera armada, quitó gravedad al actuar de los imputados. 

Respecto del cabo Seguel, sindicado por la Fiscalía como presunto autor de los disparos, el juez descartó "la tesis de la querellante concerniente al homicidio calificado", porque a su juicio ningún antecedente permite asegurar que el imputado actuó sobre seguro y menos que "lo haya hecho con dolo directo".

En cuanto al teniente Videla, quien habría ordenado abrir fuego, el magistrado estimó que su actuar "tiene aspectos extremadamente reprochables moralmente y si se quiere profesionalmente, pero que no alcanzan el ámbito penal".  

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