El ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Álvaro Elizalde, anunció la decisión del Gobierno de acoger la solicitud del Servicio Electoral (Servel) para que las elecciones programadas para octubre se lleven a cabo a lo largo de dos días consecutivos. Esta medida busca garantizar una mayor efectividad en el proceso electoral, especialmente considerando la implementación del voto obligatorio. Elizalde explicó que la propuesta del Servel se fundamenta en la necesidad de extender el período de votación para permitir una adecuada participación de los electores, especialmente en el contexto actual en el que se proyecta un incremento en el número de votantes por mesa y en la cantidad de locales de votación. El Servel hizo una propuesta para que la elección de gobernadores regionales, así como la de consejeros regionales, alcaldes, alcaldesas, concejales y concejalas, se realizara en dos días (…) , señaló el ministro Elizalde durante una conferencia de prensa. El ministro también resaltó que esta decisión se basa en análisis técnicos detallados y en la experiencia previa, especialmente durante el período de pandemia, donde se adoptaron medidas similares para garantizar la seguridad y la participación ciudadana en los procesos electorales. Además, se indicó que la determinación de extender las elecciones a dos días se fundamenta en el tiempo promedio que cada elector dedica para emitir su voto, lo que permitirá una distribución más eficiente de los recursos y una mayor fluidez en el proceso electoral. El Gobierno se comprometió a presentar una reforma legal en los próximos días para formalizar esta modificación en el proceso electoral, donde se detallarán los aspectos técnicos y operativos necesarios para su implementación. Todos los aspectos técnicos y específicos se van a resolver, por tanto, cuando se presente el proyecto de ley, que va a ser en los próximos días, vamos a dar a conocer el detalle respecto de las formas de implementación , afirmó Elizalde.
El Servicio Electoral (Servel) presentó una propuesta para dividir las elecciones municipales y regionales programadas originalmente para el domingo 27 de octubre de este año en dos jornadas separadas. Según información obtenida por La Tercera, esta medida responde al actual padrón electoral, que supera los 15 millones de personas. Con cuatro papeletas para elegir gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, la complejidad del proceso se ve agravada. Además, la obligatoriedad del sufragio, reintroducida en 2022 después de 10 años de voto voluntario, complica aún más la logística de las elecciones en una única jornada. El potencial de masivos atochamientos en los locales de votación y la interrupción del flujo normal de electores son preocupaciones significativas que justifican esta propuesta. Esta no sería la primera vez que se dividen unos comicios en dos jornadas. En 2021, debido a la pandemia de Covid-19, se promulgó una ley que permitió realizar elecciones en dos días consecutivos, el 10 y 11 de abril, para constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales. El objetivo era fomentar la participación y garantizar la seguridad sanitaria en el proceso electoral. Sin embargo, modificar el proceso electoral no es tarea sencilla. Tal como se hizo en 2021, una modificación requiere un proyecto de ley aprobado por el Congreso. La Tercera consultó a presidentes de dos partidos oficialistas, quienes señalaron que no han recibido información oficial del Servel al respecto. Subrayaron que para dividir las elecciones de octubre en dos días, se necesitaría modificar dos leyes orgánicas constitucionales: la 18.965 , que regula las elecciones municipales, y la 19.175 , sobre el gobierno y la administración regional.
En una conferencia de prensa llevada a cabo la mañana de este martes, la Ministra Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, junto con el Presidente del Servicio Electoral, Andrés Tagle, abordaron temas cruciales relacionados con el comercio y las sanciones para quienes no participen en el próximo Plebiscito. La Ministra Vallejo comenzó explicando la complejidad de la situación actual. Afirmó que, a pesar de la iniciativa parlamentaria presente, el Ejecutivo no puede oponerse a la voluntad de los trabajadores de los grandes centros comerciales. Subrayó que, si bien el pequeño comercio, como las pymes, pueden funcionar en general, el gobierno no está impulsando la apertura de grandes centros comerciales en el día del Plebiscito. Recordó que esta disposición no fue establecida como parte del acuerdo del Congreso Nacional que definió el Plebiscito. Como Ejecutivo, no estamos respaldando este proyecto. Desde el momento en que se presentó, expresamos que sería poco realista lograr su aprobación en tan poco tiempo , concluyó la Secretaria de Estado. A continuación, la Ministra Vallejo destacó la importancia de resguardar los intereses de los trabajadores en este día feriado, permitiéndoles ejercer su derecho a voto y desarrollar su jornada como cualquier otro ciudadano. En el mismo evento, el Presidente del Servel, Andrés Tagle, informó sobre las razones válidas para excusarse de votar en el Plebiscito. Estas incluyen estar en el extranjero, problemas de salud (requiriendo certificación médica), impedimentos graves (como la muerte de un familiar o un accidente), y estar a más de 200 kilómetros del lugar de votación (requiriendo constancia en Carabineros). Tagle detalló las multas por no votar, que oscilan entre media UTM (aproximadamente 32 mil pesos) y 3 UTM (alrededor de 198 mil pesos). Además, señaló que las multas por no asistir como vocal de mesa son más elevadas, variando entre 5 y 8 UTM.
Con la proximidad del Plebiscito Constitucional programado para el 17 de diciembre en Chile, es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre las obligaciones que implica este proceso electoral, así como las multas asociadas a su incumplimiento. A continuación, se proporcionan detalles específicos sobre las sanciones por no votar y por no presentarse como vocal de mesa. Multas por No Votar: Los electores que no asistan a emitir su voto el día del Plebiscito enfrentarán multas que oscilan entre 0,5 y 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalente a un rango de $32,108 a $192,648. La citación por parte del Juez de Policía Local se realizará en los meses posteriores a la elección. En esta instancia, los votantes deberán presentar sus excusas, y en ausencia de justificación válida, se les impondrá la multa correspondiente. Las únicas razones aceptables para no incurrir en la sanción por no votar son : Enfermedad. Ausencia del país. Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien evaluará la prueba según las reglas de la sana crítica . Encontrarse el día de la elección a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral registrado.En caso de estar a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral, los votantes deben seguir estos pasos: Acudir a una unidad de Carabineros el día del Plebiscito y dejar constancia de su ubicación a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral. Este trámite no se puede realizar de forma virtual. Conservar el comprobante de la constancia. Al recibir la citación del Juzgado de Policía Local, presentarse para excusarse con el comprobante de la constancia. Multas por No Presentarse como Vocal de Mesa : Los vocales de mesa designados que no se presenten el día del Plebiscit o también enfrentarán multas que van desde 2 hasta 8 UTM, es decir, desde $128,432 hasta $513,728. Es importante tener en cuenta que el período de excusas para vocales concluyó el 29 de noviembre, y la nómina definitiva se publicará el sábado 2 de diciembre en consulta.servel.cl, donde se podrá verificar la información con el RUT. Es esencial que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones cívicas, participando activamente en este proceso democrático y evitando las sanciones económicas asociadas al no votar o no presentarse como vocal de mesa.
Este lunes se dio a conocer la opción abrirá la franja electoral del Plebiscito 2023, la cual comenzó este viernes 17 de noviembre y será emitida hasta el próximo 14 de diciembre. Recordemos que las próximas elecciones serán el 17 de diciembre y tienen como objetivo votar por la propuesta de una nueva Constitución, de ser elegida será la nueva carta magna que reemplazará a la Constitución de 1980. El Servicio Electoral de Chile (Servel) informa que los vocales de mesa serán publicados el próximo sábado 25 de noviembre por los Secretarios de Juntas Electorales. El plazo para que los vocales puedan presentar las excusas será entre el 27 y hasta el 29 de noviembre y el trámite deben hacerlo ante la Junta Electoral que les corresponda. El listado de vocales reemplazantes será publicado el 2 de diciembre, recuerda que en este caso no se pueden presentar excusas. Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal. ¿Cuáles son las excusas permitidas para no ser vocal de mesa? Estar ausente del país o radicado en alguna localidad a más de 300 kilómetros de distancia. Tener más de 70 años de edad. Estar física o mentalmente imposibilitado para ejercer la función (debe ser acreditado con certificado médico). Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios (debe acreditarse con un certificado del director de dicho establecimiento de salud). Pueden excusarse personas gestantes durante todo el período de embarazo (debe ser acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico) También se pueden excusar padres o madres con hijos menores de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras (acreditar con certificado de nacimiento). Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 7, artículo 49 Ley 18.700 y el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral. Cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). Tener que desempeñar en los mismos días y horarios de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. ¿Quiénes no pueden ser vocales de mesa? Personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales. Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive. Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer. Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales. Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales. Embajadores y Cónsules de Chile. El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales. Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público. Miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo ( no incluye al personal administrativo de estas ramas).
El ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Álvaro Elizalde, anunció la decisión del Gobierno de acoger la solicitud del Servicio Electoral (Servel) para que las elecciones programadas para octubre se lleven a cabo a lo largo de dos días consecutivos. Esta medida busca garantizar una mayor efectividad en el proceso electoral, especialmente considerando la implementación del voto obligatorio. Elizalde explicó que la propuesta del Servel se fundamenta en la necesidad de extender el período de votación para permitir una adecuada participación de los electores, especialmente en el contexto actual en el que se proyecta un incremento en el número de votantes por mesa y en la cantidad de locales de votación. El Servel hizo una propuesta para que la elección de gobernadores regionales, así como la de consejeros regionales, alcaldes, alcaldesas, concejales y concejalas, se realizara en dos días (…) , señaló el ministro Elizalde durante una conferencia de prensa. El ministro también resaltó que esta decisión se basa en análisis técnicos detallados y en la experiencia previa, especialmente durante el período de pandemia, donde se adoptaron medidas similares para garantizar la seguridad y la participación ciudadana en los procesos electorales. Además, se indicó que la determinación de extender las elecciones a dos días se fundamenta en el tiempo promedio que cada elector dedica para emitir su voto, lo que permitirá una distribución más eficiente de los recursos y una mayor fluidez en el proceso electoral. El Gobierno se comprometió a presentar una reforma legal en los próximos días para formalizar esta modificación en el proceso electoral, donde se detallarán los aspectos técnicos y operativos necesarios para su implementación. Todos los aspectos técnicos y específicos se van a resolver, por tanto, cuando se presente el proyecto de ley, que va a ser en los próximos días, vamos a dar a conocer el detalle respecto de las formas de implementación , afirmó Elizalde.
El Servicio Electoral (Servel) presentó una propuesta para dividir las elecciones municipales y regionales programadas originalmente para el domingo 27 de octubre de este año en dos jornadas separadas. Según información obtenida por La Tercera, esta medida responde al actual padrón electoral, que supera los 15 millones de personas. Con cuatro papeletas para elegir gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, la complejidad del proceso se ve agravada. Además, la obligatoriedad del sufragio, reintroducida en 2022 después de 10 años de voto voluntario, complica aún más la logística de las elecciones en una única jornada. El potencial de masivos atochamientos en los locales de votación y la interrupción del flujo normal de electores son preocupaciones significativas que justifican esta propuesta. Esta no sería la primera vez que se dividen unos comicios en dos jornadas. En 2021, debido a la pandemia de Covid-19, se promulgó una ley que permitió realizar elecciones en dos días consecutivos, el 10 y 11 de abril, para constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales. El objetivo era fomentar la participación y garantizar la seguridad sanitaria en el proceso electoral. Sin embargo, modificar el proceso electoral no es tarea sencilla. Tal como se hizo en 2021, una modificación requiere un proyecto de ley aprobado por el Congreso. La Tercera consultó a presidentes de dos partidos oficialistas, quienes señalaron que no han recibido información oficial del Servel al respecto. Subrayaron que para dividir las elecciones de octubre en dos días, se necesitaría modificar dos leyes orgánicas constitucionales: la 18.965 , que regula las elecciones municipales, y la 19.175 , sobre el gobierno y la administración regional.
En una conferencia de prensa llevada a cabo la mañana de este martes, la Ministra Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, junto con el Presidente del Servicio Electoral, Andrés Tagle, abordaron temas cruciales relacionados con el comercio y las sanciones para quienes no participen en el próximo Plebiscito. La Ministra Vallejo comenzó explicando la complejidad de la situación actual. Afirmó que, a pesar de la iniciativa parlamentaria presente, el Ejecutivo no puede oponerse a la voluntad de los trabajadores de los grandes centros comerciales. Subrayó que, si bien el pequeño comercio, como las pymes, pueden funcionar en general, el gobierno no está impulsando la apertura de grandes centros comerciales en el día del Plebiscito. Recordó que esta disposición no fue establecida como parte del acuerdo del Congreso Nacional que definió el Plebiscito. Como Ejecutivo, no estamos respaldando este proyecto. Desde el momento en que se presentó, expresamos que sería poco realista lograr su aprobación en tan poco tiempo , concluyó la Secretaria de Estado. A continuación, la Ministra Vallejo destacó la importancia de resguardar los intereses de los trabajadores en este día feriado, permitiéndoles ejercer su derecho a voto y desarrollar su jornada como cualquier otro ciudadano. En el mismo evento, el Presidente del Servel, Andrés Tagle, informó sobre las razones válidas para excusarse de votar en el Plebiscito. Estas incluyen estar en el extranjero, problemas de salud (requiriendo certificación médica), impedimentos graves (como la muerte de un familiar o un accidente), y estar a más de 200 kilómetros del lugar de votación (requiriendo constancia en Carabineros). Tagle detalló las multas por no votar, que oscilan entre media UTM (aproximadamente 32 mil pesos) y 3 UTM (alrededor de 198 mil pesos). Además, señaló que las multas por no asistir como vocal de mesa son más elevadas, variando entre 5 y 8 UTM.
Con la proximidad del Plebiscito Constitucional programado para el 17 de diciembre en Chile, es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre las obligaciones que implica este proceso electoral, así como las multas asociadas a su incumplimiento. A continuación, se proporcionan detalles específicos sobre las sanciones por no votar y por no presentarse como vocal de mesa. Multas por No Votar: Los electores que no asistan a emitir su voto el día del Plebiscito enfrentarán multas que oscilan entre 0,5 y 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalente a un rango de $32,108 a $192,648. La citación por parte del Juez de Policía Local se realizará en los meses posteriores a la elección. En esta instancia, los votantes deberán presentar sus excusas, y en ausencia de justificación válida, se les impondrá la multa correspondiente. Las únicas razones aceptables para no incurrir en la sanción por no votar son : Enfermedad. Ausencia del país. Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien evaluará la prueba según las reglas de la sana crítica . Encontrarse el día de la elección a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral registrado.En caso de estar a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral, los votantes deben seguir estos pasos: Acudir a una unidad de Carabineros el día del Plebiscito y dejar constancia de su ubicación a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral. Este trámite no se puede realizar de forma virtual. Conservar el comprobante de la constancia. Al recibir la citación del Juzgado de Policía Local, presentarse para excusarse con el comprobante de la constancia. Multas por No Presentarse como Vocal de Mesa : Los vocales de mesa designados que no se presenten el día del Plebiscit o también enfrentarán multas que van desde 2 hasta 8 UTM, es decir, desde $128,432 hasta $513,728. Es importante tener en cuenta que el período de excusas para vocales concluyó el 29 de noviembre, y la nómina definitiva se publicará el sábado 2 de diciembre en consulta.servel.cl, donde se podrá verificar la información con el RUT. Es esencial que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones cívicas, participando activamente en este proceso democrático y evitando las sanciones económicas asociadas al no votar o no presentarse como vocal de mesa.
Este lunes se dio a conocer la opción abrirá la franja electoral del Plebiscito 2023, la cual comenzó este viernes 17 de noviembre y será emitida hasta el próximo 14 de diciembre. Recordemos que las próximas elecciones serán el 17 de diciembre y tienen como objetivo votar por la propuesta de una nueva Constitución, de ser elegida será la nueva carta magna que reemplazará a la Constitución de 1980. El Servicio Electoral de Chile (Servel) informa que los vocales de mesa serán publicados el próximo sábado 25 de noviembre por los Secretarios de Juntas Electorales. El plazo para que los vocales puedan presentar las excusas será entre el 27 y hasta el 29 de noviembre y el trámite deben hacerlo ante la Junta Electoral que les corresponda. El listado de vocales reemplazantes será publicado el 2 de diciembre, recuerda que en este caso no se pueden presentar excusas. Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal. ¿Cuáles son las excusas permitidas para no ser vocal de mesa? Estar ausente del país o radicado en alguna localidad a más de 300 kilómetros de distancia. Tener más de 70 años de edad. Estar física o mentalmente imposibilitado para ejercer la función (debe ser acreditado con certificado médico). Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios (debe acreditarse con un certificado del director de dicho establecimiento de salud). Pueden excusarse personas gestantes durante todo el período de embarazo (debe ser acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico) También se pueden excusar padres o madres con hijos menores de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras (acreditar con certificado de nacimiento). Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 7, artículo 49 Ley 18.700 y el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral. Cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). Tener que desempeñar en los mismos días y horarios de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. ¿Quiénes no pueden ser vocales de mesa? Personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales. Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive. Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer. Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales. Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales. Embajadores y Cónsules de Chile. El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales. Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público. Miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo ( no incluye al personal administrativo de estas ramas).