El Servicio Electoral había dejado fuera del voto de noviembre a Marco Enríquez-Ominami, fundador del Partido Progresista, porque había sido formalizado en el caso de financiamiento ilegal de campaña de la constructora brasileña OAS. Pero, finalmente, la Justicia lo absolvió.
El Tribunal Electoral aceptó la apelación de MEO y le restituyó el derecho a postular como candidato presidencial. Según los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz “Al ordenar al Servel que excluyera a nuestro representado del Padrón Electoral, el Primer Tribunal Electoral Regional vulneró el principio de inocencia e interpretó erróneamente el fallo del Tribunal Constitucional”.
El fallo a favor del fundador del Partido Progresista afirma que “por cuanto precisamente dicha comunicación no hace sino más que enfatizar el principio de inocencia que goza, toda vez que al haberse determinado su inocencia y haberse ordenado el alzamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre el imputado, cesó también la suspensión de su derecho a sufragio, tal como se dijo”.
En el voto de la Elección Presidencial del 21 de noviembre estarán los nombres de 7 candidatos: Gabriel Boric, diputado por Magallanes y representante del Frente Amplio; Sebastián Sichel de Chile Podemos Más; José Antonio Kast del Partido Republicano; Yasna Provoste, senadora por Atacama y abanderada del Nuevo Pacto Social; Franco Parisi del Partido por la Gente; Eduardo Artés del Partido Unión Patriótica y el candidato del Partido Progresista, Marco Enríquez-Ominami.
La mayor concentración de inmigrantes internacionales se ubica en la Región Metropolitana, con un 60%, seguida de Antofagasta, con un 7,7%; y Valparaíso, con 6,3%.
El tribunal consideró que el amparo no era la vía adecuada y criticó una afectación al debido proceso.