Con voto obligatorio se llevará a cabo el histórico plebiscito nacional donde los chilenos se manifestarán por el Apruebo o Rechazo la propuesta de nueva Constitución.
Quienes no acudan a sufragar deberán pagar multas que pueden llegar a los $180 mil, de no presentar algunas de las pocas excusas válidas que justifiquen su ausencia.
Uno de esos motivos justificados es que el elector o electora se encuentre a más de 200 kilómetros de distancia de su domicilio registrado en el padrón electoral.
¿Qué hacer si no puedo votar por distancia?
Estas personas, cuando sean citadas por el Juez de Policía Local, deberán presentar la constancia ante Carabineros efectuada el mismo día del plebiscito, el domingo 4 de septiembre. El documento indicará el lugar donde se encontraban ese día.
La constancia por encontrarse a más de 200 km del domicilio electoral se realizará únicamente de forma presencial en 909 comisarías y retenes a lo largo de Chile.
Estos electores y electoras deberán guardar su copia del formulario y presentarlo ante el Juez de Policía Local al ser citado posteriormente. La constancia por sí sola no constituye una excusa.
Al ser citado por el Juez de Policía Local, también podrán excusarse quienes cuenten con documentación de respaldo por:
El Servel está mandatado por ley a denunciar a todos quienes no voten y por ello la justificación deberá ser tramitada con posterioridad, una vez que el Juzgado de Policía Local cite a quienes se ausentaron.
La mayor concentración de inmigrantes internacionales se ubica en la Región Metropolitana, con un 60%, seguida de Antofagasta, con un 7,7%; y Valparaíso, con 6,3%.
El tribunal consideró que el amparo no era la vía adecuada y criticó una afectación al debido proceso.