En el año 1966, bajo el Gobierno del entonces Presidente Eduardo Frei Montalva, el Estado anexó oficialmente, la Isla de Pascua a nuestro país. Una vez vigente, la normativa estableció ciertas excepciones para las personas nacidas en dicho territorio, en materia tributaria, por posesión de tierras y en la administración de la Justicia.
La llamada “Ley Pascua” ha causado polémica por 2 artículos, en particular, los apartados 13 y 14 que crearon el Departamento de Isla de Pascua. Y otorga más beneficios a condenados por delitos sexuales. “Para los atentados contra la integridad sexual y el orden de las familias cometidos por naturales de la isla y en su territorio, el juez debía imponer una pena más baja. Pudiendo, además, favorecer su cumplimiento fuera del recinto penitenciario“, dice el texto.
Pero el Tribunal Constitucional (TC) declaró “inconstitucional” esta norma, porque ambos apartados son considerados “atentatorios contra los derechos humanos de cientos de víctimas de violencia del territorio, cuyos indicadores casi triplican al resto del país.
El TC advirtió también que “la declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas significa que éstas se entenderán derogadas desde la publicación en el Diario Oficial de la sentencia del Tribunal, que será evacuada dentro del plazo legal establecido para ello y contendrá los fundamentos de los ministros que concurrieron a su acuerdo”.
La decisión del Tribunal Constitucional fue tomada en base a una audiencia pública, que contó con la participación de autoridades de Gobierno, del Ministerio Público, del Consejo de Ancianos “Mau Hatu” y organizaciones sociales.
La sospechosa se encuentra bajo custodia de la PDI en Purén.
Colaboración internacional permite detención de miembros en Colombia y Costa Rica. Próximamente más arrestos en otros países.